Asesoría Legal
y de Trámites |
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¿
Luego de firmado el contrato que tengo que hacer
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Firma la minuta o contrato |
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Lleva el contrato a la notaría para elevarlo
a escritura pública |
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Encarga a una notaría el trámite de inscripción
en Registros Públicos |
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1 |
Firma la minuta o
contrato |
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Se elabora la minuta de compraventa
o hipoteca, la cual debe ser firmada por el vendedor y
el comprador.
Adicionalmente, debe ser firmada por un abogado y se debe indicar
su nombre y número de registro en el Colegio de Abogados. |
2 |
Lleva el contrato a la notaría
para elevarlo a escritura pública |
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La minuta debe ser llevada ante un
notario para su elevación a escritura pública. Dicha
escritura debe ser firmada igualmente por el comprador y
el vendedor.
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3 |
Encarga a una notaría el trámite
de inscripción en Registros Públicos |
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El trámite de inscripción en
Registros Públicos dura aproximadamente 15 días útiles y
es realizado en forma directa por las
notarías.
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Es importante recordar que para que la
inscripción de un título en Registros Públicos sea
posible, el inmueble objeto del contrato debe estar
previamente inscrito en el Registro de Propiedad
Inmueble |
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¿Cuánto cuesta el trámite de
inscripción? Para la
inscripción de una escritura pública de compraventa, el
derecho de presentación es de S/. 7.0 (Siete Nuevos
Soles) y el derecho de inscripción es el 3 por mil del
precio de venta, con un máximo de una UIT. Para la
inscripción de una escritura pública de hipoteca, el
derecho de presentación es de S/. 7.0 (Siete Nuevos
Soles) y el derecho de inscripción es el 1.5 por mil del
monto de la hipoteca, con un máximo de una
UIT.
¿Por qué es necesario inscribir los contratos
en Registros Públicos? Es necesario
inscribir los contratos en Registros Públicos para que
de esta forma sea de conocimiento público quién es el
real propietario de un inmueble o si un inmueble
determinado tiene inscrito algún gravamen.
Si un
contrato de compraventa no es inscrito en Registros
Públicos, el inmueble vendido va a seguir a nombre del
antiguo propietario, quien podría engañar a las personas
vendiendo o hipotecando un inmueble que ya no es suyo y
perjudicando al nuevo adquiriente.
Es igualmente
recomendable, mas no necesario, inscribir los contratos
de arrendamiento o alquiler. De esta forma, si el
propietario del inmueble alquilado lo vende a otra
persona, este nuevo propietario tendría que respetar el
contrato de arrendamiento que se encuentra inscrito
hasta que se venza su plazo.
Para mayor
información sobre los trámites, tasas y/o procedimientos
registrales y/o notariales, consulta la Página Web de
los Registros Públicos de Lima y Callao www.orlc.gob.pe o a un
Notario.
La información proporcionada en la
presente sección es meramente referencial y cumple
exclusivamente una función informativa. Usted debe
contratar los servicios de un abogado especialista.
Viainmuebles.com no se hace responsable por la
información difundida en esta sección pudiendo alterarla
en cualquier momento. |
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